SABÍAS QUE…Sentencia del TRIBUNAL SUPREMO: Los Convenios no se extinguen!!!

Desde ACB, nos felicitamos y queremos hacernos eco de la reciente sentencia del Tribunal Supremo que ha fallado que las condiciones pactadas en los convenios colectivos siguen vigentes un año después de caducado dicho convenio.

Con este pronunciamiento del Pleno de la Sala de lo Social, el Supremo se sentencia en contra de uno de los pilares de la reforma laboral de 2012, que anuló la ultra-actividad de los convenios colectivos.

Como sabéis, la reforma aprobada por el Gobierno estableció que al año de haber finalizado un convenio colectivo sin nuevo acuerdo, se aplicaría el convenio colectivo de ámbito superior, en lugar de prorrogarse indefinidamente el convenio caducado hasta que hubiera uno nuevo.

En contra de lo regulado en la reforma laboral, el pleno del Supremo, por mayoría, ha establecido que las condiciones pactadas en el contrato de trabajo desde el momento mismo de su constitución tienen «naturaleza jurídica contractual y por ello siguen siendo exigibles entre empresa y trabajador por el contrato de trabajo que les vincula, aunque haya expirado la vigencia del convenio colectivo de referencia».

Es decir, que se mantienen las condiciones del convenio, aunque el tribunal sí reconoce que esas condiciones pueden ser modificadas «si concurren circunstancias económicas, técnicas, organizativas o productivas» y que continúa la «obligación de negociar un nuevo convenio”.

Es por tanto vital, tener una representación de intereses lo más amplia posible de cara a la negociación del próximo convenio colectivo tras el proceso electoral sindical de febrero 2015.
ACB se postula como un Sindicato de Banca que tratará de aportar nuevas vías de acercamiento a esa negociación colectiva, con los objetivos que podéis consultar y valorar entrando en nuestra página web: www.acb-sbbva.com / Programa.

Asociación Cuadros de Banca

¡ La alternativa necesaria ¡

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24 diciembre 2014